Categoría de Empleados de Comercio: Personal Auxiliar
Se considera personal auxiliar a los trabajadores que con oficio o práctica realicen tareas de reparación, ejecución, mantenimiento, transformación, service de toda índole, de bienes que hacen al giro de la empresa y/o su transporte con utilización de medios mecánicos. Este personal se encuentra comprendido en seis categorías distintas, cada una de las cuales posee los siguientes salarios mínimos, que se desprenden de la escala salarial del sector de comercio.
Dichos salarios son obligatorios para la jornada completa de todos los trabajadores incluídos en el convenio colectivo de trabajo. En los casos que los trabajadores trabajen menos horas diarias, en lo que se llama jornada parcial, dichos salarios deben ser prorrateados por la cantidad de horas trabajadas efectivamente.
CATEGORÍAS | ENERO 2019 | FEBRERO 2019 | MARZO 2019 |
Personal Auxiliar A | $ 25.333,85 | $ 26.677,31 | $ 27.828,85 |
Personal Auxiliar B | $ 25.569,36 | $ 26.925,31 | $ 28.087,56 |
Personal Auxiliar C | $ 26.346,57 | $ 27.743,73 | $ 28.941,30 |
No olvide también agregar a estos salarios todos los adicionales que corresponden según el Convenio Colectivo de Trabajo, como por ejemplo la antiguedad (el presentismo ya está agregado en el cuadro). Para más información de los adicionales, haciendo click aquí
Personal Comprendido en esta categoría
Categoría | Personal Comprendido |
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A | Retocadores de muebles, embaladores, torcionadores, cargadores de grúa móvil y/o montacarga, personal de fraccionamiento y curado de granos, reparación, armado y/o transformación de enseres, máquinas, mercaderías y muebles, ayudantes de las especificaciones del pto. B de este artículo, personal afectado a salas de velatorios, ayudantes de choferes de corta distancia de vehículos automotores de cualquier tipo afectados al reparto, transporte y/o tareas propias del establecimiento. |
B | Herreros, carpinteros, lustradores de muebles, cerrajeros, guincheros, albañiles, herradores, soldadores, capilleros y furgoneros de servicios fúnebres, talabarteros, plomeros, instaladores de antena de T.V., service de artefactos del hogar en general, gasistas, tostadores de cereales, fundidores de maniquíes, foquistas de laboratorios fotográficos, personal de mantenimiento de supermercados, autoservicios y/o empresas, tractoristas, sastres y tapiceros de servicios fúnebres, pintores, mecánicos, engrasadores, lavadores, gomeros, ayudantes de laboratorios (semillerías), ayudantes de clasificador de granos, ayudantes de secador de granos, choferes de corta distancia de vehículos automotores de cualquier tipo afectados al reparto, transporte y/o tareas propias del establecimiento. |
C | Capataces, capataces de cuadrilla o de florada. |
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