El Gobierno Nacional ha establecido una medida para nada popular, en virtud de las restricciones presupuestarias, y ha decretado que el pago del aguinaldo a todo el sector público nacional sea realizado en 5 cuotas, a pagar en junio, julio, agosto, septiembre y octubre.
Aguinaldo en 5 cuotas
El decreto que determina el pago del aguinaldo en 5 cuotas tiene como justificación que, “verificando una profundización de la crisis económica internacional, que ha incidido directamente en la economía nacional, generando una imprevisible desaceleración en la tasa de crecimiento de los recursos presupuestarios.”
Quienes se encuentran alcanzados
El sueldo anual complementario será abonado en hasta CINCO (5) cuotas consecutivas con las remuneraciones de los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre del corriente. correspondiente al primer semestre del año 2020, a todo personal del Sector Público Nacional en actividad comprendido en los incisos:
- a) Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social),
- b) Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta, el Banco Central de la República Argentina y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y
- c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones –Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Servicios. Afiliación al PAMI (INSSJP), Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), la Unidad Especial Sistema de Transmisión Yacyretá (UESTY), Comisión Nacional Antidopaje y el Instituto Nacional de la Música (INAMU) del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Como se paga el aguinaldo de Junio
Se ha establecido que el monto bruto a abonar en la primera cuota pagadera con la remuneración del mes junio será de hasta PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) y las sumas restantes correspondientes serán abonadas en CUATRO (4) cuotas consecutivas, como máximo, pagaderas con las remuneraciones de julio, agosto, septiembre y octubre del 2020. Vale puntualizar que, en ningún caso, el valor de la cuota podrá ser inferior a PESOS MIL ($1.000).
¿Qué pasa con los empleados provinciales?
Se espera que esta medida estipulada por el Estado Nacional tenga su correlato en las administraciones provinciales, ya que es un aval importante a imitar. Se espera también que algunas empresas, muy castigadas por la crisis economica, imiten medidas similares, por lo que en los próximos días tendremos novedades al respecto.
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