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Calculo Vacaciones

Todo trabajador tiene derecho de al menos 15 días de vacaciones remuneradas al año y de un bono vacacional equivalente en moneda de libre circulación, de al menos 7 días de salario al momento de tomar la jornada de descanso.

El trabajador percibirá retribución durante el período de vacaciones, la que se determinará de la siguiente manera:

  • Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.
  •  Si la remuneración se hubiere fijado por día o por hora, se abonará por cada día de vacación el importe que le hubiere correspondido percibir al trabajador en la jornada anterior a la fecha en que comience en el goce de las mismas, tomando a tal efecto la remuneración que deba abonarse conforme a las normas legales o convencionales o a lo pactado
  • En caso de salario a destajo, comisiones individuales o colectivas, porcentajes u otras formas variables, de acuerdo al promedio de los sueldos devengados durante el año que corresponda al otorgamiento de las vacaciones o, a opción del trabajador, durante los últimos seis (6) meses de prestación de servicios.

Se entenderá integrando la remuneración del trabajador todo lo que éste perciba por trabajos ordinarios o extraordinarios, bonificación por antigüedad u otras remuneraciones accesorias.La retribución correspondiente al período de vacaciones deberá ser satisfecha a la iniciación del mismo.

Se ha entendido a lo largo de la historia que cuando hablamos de “sueldo” nos referimos a un conjunto de conceptos e importes que hacen justamente a la remuneración mensual. Es decir, que en principio incluiría todos los conceptos remunerativos que se vienen liquidando al momento del otorgamiento.

Podemos dividir el sueldo en dos partes:
1) SUELDO FIJO: Llamamos así a la suma del sueldo básico que lo establece el convenio colectivo correspondiente, más los adicionales fijos (aquellos que no tienen que ver con comportamientos del empleado o se subordinen a alguna condición pactada). Un ejemplo seria: basico+antiguedad+adicional mayor funcion+a cuenta de futuros aumentos.

2) REMUNERACIONES VARIABLES: Estas hacen referencia a condiciones o comportamientos o hechos que sucedan a lo largo del periodo de liquidación que tratemos, en este caso el mes. Así, por ejemplo, el presentismo esta sujeto a que el empleado no incurra en inasistencias, la puntualidad, las horas extras, recargos por trabajos nocturnos, etc. Es decir que no dependen de la categoría, si no de hechos que se pueden dar o no.

En la práctica lo que se suele hacer, es, tomar el sueldo fijo, dividirlo en 25 y multiplicarlo por la cantidad de días que se le otorguen.

Años de servicio               Dias de vacaciones

1 año          =                                 15 dias

2 años       =                                 16 dias

 años       =                                17 dias

5 años         =                                19 dias

10 años       =                                24 dias

   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
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